¿QUÉ HAY DE NUEVO?
USCIS ha adoptado la decisión de la Oficina Administrativa de Apelaciones (AAO) sobre Asunto Z-R-Z-C. que afecta al Estatus de Protección Temporal (TPS) que viajaron al extranjero y volvieron a entrar.
¿QUÉ SIGNIFICA ESTO?
La decisión sostiene que:
- Un beneficiario del Estatus de Protección Temporal (TPS) al que se le conceda autorización para viajar temporalmente al extranjero y que posteriormente vuelva a entrar en Estados Unidos utilizando un documento de viaje expedido por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) reanuda el mismo estatus de inmigración que tenía el extranjero en el momento de la salida, a menos que el extranjero sea inadmisible por determinados motivos penales o de seguridad nacional u obtenga un visado de inmigrante o no inmigrante y lo presente para su admisión en Estados Unidos.
- El estatus migratorio de un beneficiario del TPS no cambia al reingresar, incluso si el documento de viaje basado en el TPS emitido por el DHS o el documento de llegada emitido por el DHS hace referencia a la libertad condicional.
- Los viajes autorizados por el TPS no cumplirán los requisitos de "inspección y admisión o libertad condicional" en Estados Unidos a efectos de ajuste de estatus según la sección 245(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
¿CÓMO AFECTA ESTO A LOS TITULARES DE TPS?
Esta decisión significa que la entrada en EE.UU. de un titular de TPS, que fue autorizado a viajar al extranjero y volvió a entrar, no es una entrada y admisión legal. Por lo tanto, los titulares de TPS no pueden solicitar el ajuste de estatus (tarjeta verde) en los EE.UU., ya que conservan el mismo estatus que tenían antes de la salida.
¿CÓMO PODEMOS AYUDARLE?
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