Startup Visa: Obtener un visado estadounidense para emprendedores

por | 1 de marzo de 2022

Los empresarios extranjeros son una parte importante de nuestro país y de nuestra economía. Organizan y explotan una o varias empresas, asumiendo para ello riesgos financieros superiores a los normales. Más del 40% de los Empresas Fortune 500 fueron fundadas por inmigrantes. Las empresas de la lista Fortune 500 fundadas por inmigrantes de primera o segunda generación tienen su sede en 33 de los 50 estados de Estados Unidos. como Estee LauderTeslaSpaceXSolarCity,  YahooeBayRobinhood entre otros. 

Estados Unidos dispone de varias opciones de visado de no inmigrante e inmigrante para empresarios. A la hora de considerar la mejor opción de visado para emprendedores, es importante adoptar un enfoque global para evaluar mejor la situación. 

Los emprendedores están centrados en trabajar en su proyecto y desarrollar el negocio. Suelen preguntar:

¿Cómo puedo obtener un visado para una nueva empresa en EE.UU.?

Esta es la pregunta más frecuente cuando me reúno con un cliente: ¿cómo puedo obtener un visado para una nueva empresa en ee.uu.? Con el asesoramiento y la planificación adecuados, seleccionar la vía de inmigración correcta para los empresarios es esencial para lograr un éxito sostenible.   

Puede haber varias opciones de visado para los solicitantes de visado de empresario, que se explican a continuación. Si una persona ya se encuentra en Estados Unidos con un visado de no inmigrante, como F-1, H-1B, E-2, E-1, O-1, L-1A, no es raro que haya hecho avances significativos en su carrera empresarial y ahora pueda optar a una mejor opción de visado.

¿Puedo obtener un visado estadounidense si soy propietario de un negocio? ¿Puedo vivir en EE.UU. si tengo un negocio?

La respuesta corta es sí, si el empresario cumple los requisitos de visado que permiten a una persona ser propietaria de un negocio y solicitar el visado adecuado, como el E-2, L1-A. Empecemos por las opciones básicas de visado.

Visado de empresario no inmigrante: Visado E-2.

Se trata de un visado de no inmigrante basado en un tratado entre un país concreto y EE.UU. El inversor E-2 debe invertir fondos en la empresa estadounidense. No hay ningún requisito específico sobre la cantidad a invertir, pero debe ser "sustancial" en relación con la naturaleza de la empresa que se va a explotar en Estados Unidos.  

Para obtener la clasificación E-2el inversor del tratado debe:

  • Ser nacional de un país con el que Estados Unidos mantenga un tratado de comercio y navegación.
  • Haber invertido, o estar activamente en proceso de invertir, una cantidad sustancial de capital en una empresa de buena fe en Estados Unidos; y
  • Estar intentando entrar en Estados Unidos únicamente para desarrollar y dirigir la empresa de inversión. Esto se establece demostrando al menos 50% la propiedad de la empresa o la posesión del control operativo a través de un cargo directivo u otro dispositivo corporativo.

Por empresa de buena fe se entiende una empresa comercial o empresarial real, activa y en funcionamiento que produce servicios o bienes con ánimo de lucro. Debe cumplir los requisitos legales aplicables para hacer negocios dentro de su jurisdicción.

En vigor desde el 31 de enero de 2022, Cónyuge a cargo (E-2) está autorizado a trabajar en virtud de su estatuto, lo que significa que estos cónyuges dependientes no necesitarán un documento de autorización de empleo (EAD) para trabajar en Estados Unidos. 

Visado de empresario no inmigrante: H-1B.

El visado H-1B en Estados Unidos permite a los empresarios estadounidenses emplear temporalmente a trabajadores extranjeros en ocupaciones especializadas, servicios de mérito y capacidad excepcionales relacionados con un proyecto cooperativo de investigación y desarrollo del Departamento de Defensa (DOD), o servicios como modelo de moda de mérito o capacidad distinguidos. 

La ocupación requiere:

  • Aplicación teórica y práctica de un conjunto de conocimientos altamente especializados; y
  • Obtención de un título de grado o superior en la especialidad específica (o su equivalente) como mínimo para acceder a la ocupación en Estados Unidos.

El puesto también debe cumplir uno de los siguientes criterios para ser considerado una ocupación especializada:

  • Normalmente, el requisito mínimo de acceso para el puesto en cuestión es un título de grado o superior, o su equivalente.
  • El requisito de titulación es común en el sector en puestos paralelos entre organizaciones similares o, alternativamente, el trabajo es tan complejo o único que sólo puede ser desempeñado por una persona con titulación.
  • El empleador normalmente exige una titulación o su equivalente para el puesto
  • La naturaleza de las funciones específicas es tan especializada y compleja que los conocimientos necesarios para desempeñarlas suelen estar asociados a la obtención de un título de grado o superior.
  • Para poder prestar servicios en una ocupación especializada debe cumplir uno de los siguientes criterios:
  • Estar en posesión de un título estadounidense de grado o superior, exigido por la especialidad profesional, expedido por una universidad acreditada.
  • Estar en posesión de un título extranjero equivalente a una licenciatura estadounidense o superior exigida por la especialidad de que se trate, expedido por una universidad acreditada.
  • Estar en posesión de una licencia, registro o certificación estatal sin restricciones que le autorice a ejercer plenamente la ocupación especializada y a dedicarse inmediatamente a dicha especialidad en el estado en el que pretende trabajar.

¿Puede un fundador de una empresa estadounidense solicitar un visado H-1B? 

Una persona que sea fundadora de una empresa estadounidense y que pueda demostrar una verdadera relación empleador-empleado, entre otros requisitos, puede solicitar un visado H1B. Este visado está sujeto a una lotería anual si la persona nunca ha tenido un H-1B. A la hora de diseñar el camino adecuado a los objetivos del empresario, una parte importante del análisis es la situación financiera de la empresa, incluidos los inversores ángeles, el capital riesgo, los contratos con el cliente en vigor, el flujo de caja, etc.  

Visado de empresario no inmigrante: L-1A.

El visado L-1A es ideal cuando la empresa de nueva creación lleva un año funcionando en el extranjero, tiene una estructura importante y el fundador o los empleados vienen a EE.UU. para dirigir, gestionar o establecer una oficina o unidad en EE.UU. El visado L-1A es un visado de doble intención (inmigrante y no inmigrante) y permite solicitar la tarjeta verde en Categoría EB-1C, siempre que el solicitante cumpla los requisitos. 

Para optar a la clasificación L-1 en esta categoría, el empresario debe

  • Tener una relación cualificada con una empresa extranjera (empresa matriz, sucursal, filial o afiliada, denominadas colectivamente organizaciones admisibles); y
  • Actualmente es, o será, hacer negocios (suministro regular, sistemático y continuo de bienes y/o servicios) como empleador en Estados Unidos y en al menos otro país directamente o a través de una organización cualificada durante la estancia del beneficiario en Estados Unidos como L-1.

Para poder optar a la ayuda, el trabajador nombrado también debe

  • En general, haber trabajado para una organización cualificada en el extranjero durante un año ininterrumpido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a su admisión en Estados Unidos; y
  • Estar intentando entrar en Estados Unidos para prestar servicio en un ejecutivo dirección capacidad para una sucursal de la misma empresa o una de sus organizaciones cualificadas.

En vigor desde el 31 de enero de 2022, Cónyuge a cargo (L-2) está autorizado a trabajar en virtud de su estatuto, lo que significa que estos cónyuges dependientes no necesitarán un documento de autorización de empleo (EAD) para trabajar en Estados Unidos. 

Visado de inmigrante EB-1(c) está disponible después de que la empresa estadounidense haya estado operando durante 1 año. No se requiere PERM (Certificación Laboral). El proceso de solicitud requiere: 1) que la empresa estadounidense presente al USCIS Formulario I-140Petición de trabajador extranjero. Como parte del proceso de solicitud, el empleador debe ser capaz de demostrar una capacidad continua para pagar el salario ofrecido a partir de la fecha de prioridad. 2) Formulario I 485 Solicitud de tarjeta verde puede presentarse al mismo tiempo que el I-140 o después de que éste haya sido aprobado.  

Visado de empresario no inmigrante: O-1.

El O-1 es un visado de trabajo temporal de tres años para las personas con 'habilidades extraordinarias.' Esto es posible para individuos en la cima de su campo en tecnología, negocios, ciencia o artes. Este visado puede ser viable especialmente para empresas de nueva creación financiadas. La cualificación para el visado O-1 se basa en sus logros, no en sus credenciales. 

Los tipos de pruebas para la O-1 utilizados para otros fundadores de empresas de nueva creación incluyen, pruebas de financiación significativa, cartas de referencia de clientes, contratos con clientes sustanciales, cartas de referencia de expertos de la industria, artículos de prensa notables, salario significativo y propiedad de acciones en una empresa, valoración de la empresa estadounidense, participación en programas de incubadoras significativos.  

Existen ocho criterios para demostrar la capacidad extraordinaria. Las personas con capacidad extraordinaria deben cumplir tres de los ocho criterios para poder optar a la O-1. 

En vigor desde el 21 de enero de 2022, Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. publicado orientaciones políticas que aclara cómo evalúa las pruebas para determinar la admisibilidad de los no inmigrantes O-1A con capacidades extraordinarias, centrándose en las peticiones presentadas por personas de los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería o las matemáticas (STEM). Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. ha tomado medidas en materia de inmigración para ampliar las oportunidades de los extranjeros STEM y las empresas estadounidenses que deseen contratarlos, así como nuevas orientaciones para las peticiones O-1A de "capacidad extraordinaria" y de exención por interés nacional (NIW).

Visado de inmigrante empresario: EB-2 y EB-3. 

El visado EB-2 es la segunda categoría preferente de permiso de residencia basado en el empleo que concede la residencia permanente en EE.UU. a extranjeros con titulación superior o capacidad excepcional. Pueden optar a esta categoría de visado de inmigrante quienes posean un título superior o su equivalente, o tengan una capacidad excepcional en ciencias, artes o negocios. El proceso consta de tres partes 1) presentación PERM (Certificación laboral); 2) I-140 Petición de inmigrante; y 3) I 485- solicitud de tarjeta verde. Esta solicitud puede presentarse cuando fecha de prioridad es actual.  

Visado de inmigrante empresario: EB-3. 

En Visado EB-3 es una tarjeta verde de tercera preferencia basada en el empleo para trabajadores cualificados, profesionales o de otro tipo. 

  • "Trabajadores cualificados" son las personas cuyo empleo requiere un mínimo de 2 años de formación o experiencia, no de carácter temporal o estacional. El trabajador cualificado debe cumplir los requisitos de educación, formación o experiencia de la oportunidad de empleo. La educación postsecundaria pertinente puede considerarse formación.
  • "Profesionales" son las personas cuyo trabajo requiere al menos un título de bachillerato estadounidense o un título extranjero equivalente y que pertenecen a profesiones liberales.
  • La subcategoría "otros trabajadores" corresponde a personas que realizan trabajos no cualificados que requieren menos de 2 años de formación, educación o experiencia, y que no son de carácter temporal o estacional.

Se trata de un proceso en tres partes 1) presentación PERM (Certificación laboral); 2) I-140 Petición de inmigrante; y 3) I 485- solicitud de tarjeta verde. Esta solicitud puede presentarse cuando fecha de prioridad es actual.  

Regla del empresario en libertad condicional.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) puso en marcha el Libertad condicional para empresarios internacionales (IEP). El solicitante debe demostrar beneficios públicos significativos; es decir, el potencial sustancial de crecimiento rápido y creación de empleo a través de startups innovadoras. El solicitante debe poseer una participación de al menos 10% en una entidad estadounidense de nueva creación creada en los últimos cinco años que tenga un potencial sustancial de rápido crecimiento y creación de empleo, y el solicitante debe desempeñar un papel activo y central en la entidad de nueva creación.  

Además, la entidad de nueva creación debe demostrar que aportará un beneficio público significativo a Estados Unidos demostrando que 1) La entidad de nueva creación ha recibido $528.293 en inversión cualificada subvenciones del gobierno, premios o una combinación de esos fondos. 2) La start-up ha creado al menos 5 puestos de trabajo cualificados con la entidad start-up durante el periodo inicial de libertad condicional; o 3) Ha alcanzado al menos $528.293 en ingresos anuales en Estados Unidos y ha promediado un 20 por ciento de crecimiento anual de los ingresos durante el periodo inicial de libertad condicional.

Si se aprueba, los empresarios obtienen la libertad condicional para entrar en Estados Unidos durante un periodo inicial de 30 meses y pueden concederse otros 30 meses de libertad condicional, siempre que el empresario cumpla determinados requisitos.

Conclusión.

En Tondini Law, ayudamos a las nuevas empresas, empresarios y fundadores individuales en diversas industrias y profesiones para lograr su sueño americano. Hay varios caminos disponibles para aquellos que quieren asegurar una visa de EE.UU. para trabajar en los EE.UU. por un período fijo o le gustaría obtener una tarjeta verde. Nuestros experimentados abogados de inmigración de negocios de EE.UU. en Tondini Law pueden evaluar su elegibilidad y determinar el mejor camino de inmigración para usted, su familia y sus empleados.

Tondini Law, immigration attorney. Image of Silvina tondini

Silvina Tondini, Abogada

Silvina Tondini es una abogada bilingüe, experta, internacional y conferenciante nacional en Derecho de Inmigración con años de experiencia diversificada asesorando y dirigiendo a particulares y clientes empresariales en asuntos de Derecho Mercantil y de Inmigración.

ARTICLE TAGS

Descargo de responsabilidad: Este blog sólo tiene fines informativos. Si tiene alguna pregunta, póngase en contacto con nuestra oficina.

es_AREspañol de Argentina